LOS EMPLEADOS PUBLICOS TEMPRORALES TIENEN DERECHO A LOS MISMOS COMPLEMENTOS QUE LOS FIJOS
Empleados públicos. Retribuciones.
Recientemente se ha publicado el artículo de nuestro Director en el conocido portal de noticias.juridicias, en el que se analiza la jurisprudencia europea en torno a las direfencias de trato entre trabajadores públicos fijos y temporales.
De muy facil lectura, el artículo pone de manifiesto cómo el personal temporal, sean en régimen laboral, interino o eventual, tienen derecho a los complementos retributivos «reservados» hasta ahora al personal fijo o funcionario de carrera, siempre que tengan relación con el desempeño del cargo y este sea de idéntica naturaleza para unos y otros.
Si no hay razón objetiva que suponga una diferencia real entre ambos trabajadores, tampoco la hay para que haya diferencia en sus retribuciones.
Podéis encontrar el artículo completo aquí.
Próximamente se publicará en el mismo portal una segunda parte del trabajo en que se analizará cómo se está resolviendo la cuestión en nuestros tribunales internos, y qué podemos hacer si un juez o sala nacionales no nos dan la razón.
Esperamos que sea de vuestro interés, así como vuestros comentarios.
El equipo de HQS.