¿PUEDO PEDIR LA CLÁUSULA SUELO ANTERIOR A MAYO DE 2013 SI YA TENGO SENTENCIA QUE ME LA CONCEDIÓ A PARTIR DE MAYO DE 2013?

Clausulas suelo. Cláusulas abusivas.

La pregunta con la que titulamos esta entrada está en la mente de muchos consumidores que ya demandaron a su banco para recuperar lo cobrado de más por la cláusula suelo. Nos referimos a aquellos que tomaron la decisión de demandar en 2013, 2014, 2015, o incluso inicios de 2016, y que obtuvieron sentencia antes de diciembre de 2016.

Todos ellos (o la gran mayoría) ganaron el juicio, sí, pero con las condiciones de entonces: la cláusula suelo es nula, pero solo te devuelvo el dinero cobrado de más desde mayo de 2013. Esa fue la doctrina que fijo el Tribunal Supremo y la que siguieron -salvo raras excepciones- todos los juzgados y tribunales.

Pero en diciembre de 2016 la cosa cambió. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo que cuando una cláusula se anulaba, había que devolver todo el dinero cobrado de más por su aplicación «desde siempre», es decir, desde el inicio del préstamo, y que esa limitación temporal que había hecho el Tribunal Supremo no era válida.

Los consumidores más pacientes demandaron a partir de esa sentencia, y han recuperado o están recuperando TODO lo pagado de más por su cláusula suelo. Los más impacientes solo han recuperado lo pagado de más desde mayo de 2013… y en las hipotecas referenciadas al EURIBOR eso puede ser bastante dinero.

Y muchos de esos consumidores ahora nos preguntan: ¿y yo? ¿no puedo recuperar la cláusula suelo anterior a 2013?

Y curiosamente muchos abogados también tienen -o tenemos- la misma duda, pues aunque parezca mentira, no es un tema resuelto y no todos los tribunales están dando la misma respuesta.

Ponemos el ejemplo de Extremadura, donde más trabajamos:

  • Audiencia Provincial de Badajoz: no hay problema, son cosas distintas. En el primer juicio se pidió la nulidad de la cláusula suelo, y ahora lo que se pide es el recálculo de las cuotas del préstamo conforme a la nueva jurisprudencia.

Es la Sentencia 60/2017, de 23 de febrero, que podéis descargar haciendo clic aquí.

  • Audiencia Provincial de Cáceres: quien tenga sentencia que le dio la cláusula suelo desde mayo de 2013, no puede pedir lo que pagó de cláusula suelo antes de esa fecha, porque ya tiene una sentencia sobre el tema y eso no se puede modificar. Dice la Audiencia Provincial que eso sería como querer «revisar» una sentencia porque haya salido una del TJUE que es más favorable, y que nuestro derecho no prevé la revisión de sentencias por esa causa.

Es la Sentencia 495/2017, de 11 de octubre, que podéis descargar haciendo clic aquí.

Lo curioso y útil de esta sentencia es que aunque no permite pedir lo anterior a 2013, sí que permite pedir la nulidad de otras cláusulas abusivas que no fueron planteadas en el primer juicio de cláusula suelo, lo que viene a resolver otro problema fundamental:

SI YA PEDÍ LA CLÁUSULA SUELO, ¿PUEDO AHORA RECLAMAR LOS GASTOS DE MI HIPOTECA?

La respuesta, según esta última sentencia de la AP de Cáceres, sería que SÍ.

Pero ojo, que no es la única opinión posible sobre el tema, pues hay juzgados que opinan que el que ya pidió la cláusula suelo no puede pedir ahora nada más, porque pudo haberlo pedido y no lo hizo.


Como véis, se trata de cuestiones complejas. Desde HQS Consultores os recomendamos acudir siempre a abogados especializados tanto en derecho de consumidores como en derecho procesal, pues muchos juicios se ganan o pierden por cuestiones más relacionadas con el procedimiento que por el fondo de la cuestión. Y hay que tener muy claro el criterio concreto de los juzgados donde vas a reclamar, cuestión no siempre sencilla con tanto cambio como vivimos actualmente.

Como siempre, nos ponemos a vuestra disposición para resolver estos y otros conflictos de forma sencilla y con todas las garantías. CONSULTA NUESTRAS CONDICIONES ESPECIALES AQUÍ

Atentamente,

el equipo de HQS Consultores.

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