Notarios, ya podéis presentaros en Letonia!!
Con ánimo más curioso que práctico, hemos publicado un reciente comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 10 de septiembre de 2015, asunto C-151/14, que podéis encontrar aquí.
Al margen de que no creemos que muchos de nuestros lectores sean notarios pensando en emigrar a Letonia, sí es interesante la Sentencia pues afecta a la Libertad de Establecimiento en la Unión Europea, de la que gozamos todos como una libertad fundamental consagrada en los sucesivos Tratados.
Según el art. 51 del actual TUE, no aplica la libertad de establecimiento con relación a las actividades que un determinado Estado estén relacionadas con el ejercicio del poder público, caso en el que pueden establecerse restircciones como, en el caso analizado, exigir la nacionalidad del país en cuestión para ejercer dicha profesión.
El TJUE delimita en esta Sentencia qué debe entenderse por «ejercicio del poder público» a estos efectos, para concluir que el ejercicio de la notaría no supone tal ejercicio de poder, a pesar de las facultades legales de las que gozan y de su particular estatuto jurídico.
En fin, un paso más hacia la integración Europea.
Esperamos que resulte de su interés.
El equipo de HQS Consultores,